4. Negligencia

El martes esta pintaba como la palabrita de la semana; junto con “indemnidad” (me miran fijo, compiten por a cuál voy a sacar a bailar). Son las palabras del affaire entre el gobierno argentino y el laboratorio Pfizer. Ante la comisión informativa de la Cámara de Diputados, Nicolás Vaquer, representante de Pfizer en el país, dijo que el actual marco legal “no es compatible con los requisitos del contrato” por las cláusulas de “indemnidad y otras protecciones” (qué fantasía, salir indemne de esta pandemia). Se refiere al artículo 4 de la ley de Vacunas, 27.573. “Facúltase al Poder Ejecutivo (…) a incluir en los contratos que celebre (…) para la adquisición de vacunas (…) cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas, conductas maliciosas o negligencia por parte de los sujetos aludidos”. 
Esa palabra habría bloqueado el acuerdo. Cecilia Moreau, una de quienes redactaron el artículo, dijo que se buscaba evitar “que el Estado tenga que hacerse cargo de los errores que cometen los laboratorios”.
Para el diccionario de la RAE, negligencia es “Descuido, falta de cuidado”. El Diccionario Panhispánico de Español Jurídico dice “Omisión de la atención debida por inacción o descuido o por acción incorrecta, inadecuada o insuficiente”. Según recoge la Wiki, “En Derecho, la negligencia es un tipo de reclamo legal que personas y organizaciones pueden presentar si se lastiman”. 
¿Cómo establecer responsabilidades en los descuidos? ¿Le cabrá la negligencia a David Villegas?
Leo que las familias de las más de 447 mil personas muertas por COVID-19 en Brasil podrían demandar al estado por negligencia.
“Negligencia” me hace acordar a la frase clave de una película de Suar: “Suspicacia, Emilia, suspicacia”.